El nuevo diseño de la Unión Europea

Con el nuevo Reglamento UE para la protección de los diseños industriales (Reg. 2024/2822 del Parlamento europeo y del consejo) se simplifica y moderniza el marco legislativo, adaptándolo a las nuevas tecnologías. El objetivo es aportar  mejoras al sistema de protección de diseños industriales en la UE, tanto para los diseñadores como para las PYMES, facilitando el acceso, reforzando la seguridad jurídica en el registro y uso de diseños.

En la misma línea de lo que se hizo en su día con la marca comunitaria que fue renombrada “Marca de la UE“, con el nuevo Reglamento el antiguo “dibujo o modelo comunitario” pasa a llamarse “diseño de la Unión Europea” (Diseño de la UE) y los “tribunales de dibujo y modelos comunitarios” se convierten en “Tribunales de diseño de la UE”.

Pero el Reg. 2024/2822 no se limita únicamente en aportar cambios meramente terminológicos, sino también más sustanciales. Por ejemplo, un primer cambio importante, es la ampliación del objeto de protección de los diseños de la UE. Ahora incluyen también aquellos diseños que no están incorporados a productos físicos como, por ejemplo, los que se “visualizan en un gráfico” o que se “perciben a través de la disposición espacial de elementos destinados a formar un entorno interior o exterior”. Asimismo, se reconoce la animación y movimiento como parte integral del diseño, haciendo protegibles las interfaces digitales también.

Por otro lado, el nuevo reglamento sobre los Diseños de la Unión Europea adapta el alcance de los derechos exclusivos conferidos por un diseño de la UE, abarcando la impresión 3D: ahora el crear, descargar, copiar y compartir o distribuir   un  producto cubierto por un diseño de la UE, en cualquier soporte o software, constituyen todos actos de infracción de un Diseño de la UE. Por el otro lado, entre las limitaciones a los derechos exclusivos conferidos por el  diseño de la UE, destacamos los actos realizados en privado y sin fines comerciales o bien los realizados con fines experimentales.

Otra novedad es el símbolo “D” para indicar que el producto está protegido por un diseño de la UE, una medida de cara a facilitar la comercialización de los diseños registrados y mejorar la visibilidad de la protección de estos derechos.

Las tasas relacionadas con el registro de un Diseño de la UE han sido simplificadas: por ejemplo, las tasas de registro y publicación han sido substituidas por una única tasa de solicitud y, para las solicitudes múltiples, se prevé ahora una tasa fija por diseño adicionales.

La aplicación de los cambios introducidos por esta reforma procede por fases: desde el pasado 1 de mayo de 2025 ya están en vigor algunas disposiciones relacionadas con los cambios en la terminología, las solicitudes múltiples y modificaciones en los plazos de renovación. En noviembre del 2026, se implementarán las otras disposiciones y los Estados miembros tendrán hasta finales de 2027 para adaptar sus legislaciones nacionales.

Esta reforma de la protección del  diseño industrial en la UE conlleva una simplificación importante del sistema que facilita el acceso a las PYMES, permitiendo una mayor protección de sus diseños, es decir, de sus innovaciones.

El Diseño de la UE es una herramienta importante de cara a la protección de las invocaciones de las PYME. Por ejemplo, una PYME que desarrolla interfaces digitales, al registrarlos como diseños de la UE, se asegura una protección de estos contra las copias no autorizadas, útil para una comercialización con menor riesgo de infracción. O bien, una empresa de animación puede mejorar su competitividad, registrando sus diseños de movimiento y animación como diseños de la UE que le proporciona una protección jurídica contra el uso no autorizado de sus animaciones en el mercado.

 



Deja una respuesta

4 × 2 =