- 15 agosto 2017
- Posted by: inmentor
- Categoría: blog
La audiencia provincial de Düsseldorf decidió recientemente la cancelación de la marca alemana e internacional “Testarossa” por uso insuficiente de la misma. De este modo, el Tribunal alemán, ha dado razón a la empresa alemana de juguetes Kurt Hesse según la cual Ferrari ya no usaba dicha denominación para sus coches desde 20 años por lo menos.
En la base de esta decisión se encuentra un principio fundamental del derecho de marcas, según el cual, para gozar de derechos exclusivos sobre una marca, no basta con registrarla, sino hay que usarla en el mercado.
Lo que se pretende evitar es que se registren signos distintivos con el único objetivo de impedir su uso por parte de la competencia.
En este sentido, por ejemplo, en el caso de Marcas de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, establece que la falta de “uso efectivo” de la marca durante 5 años comporta la caducidad de los derechos de exclusiva conferidos al titular por el registro (art 18).
Por otro lado, en base al artículo 46 del mismo Reglamento, el titular de una marca anterior registrada que quisiera oponerse al registro de otra posterior podría verse obligado a aportar pruebas de “uso efectivo” en la UE de dicha marca anterior de cara a evitar la desestimación de su oposición.
En sentido estricto, una decisión como la de la audiencia provincial de Düsseldorf no afecta tanto al uso de una marca, como a los derechos exclusivos que dispone el titular sobra la misma. En nuestro caso, la consecuencia no es que Ferrari no pueda utilizar “Testarossa” para distinguir sus coches, sino que no pueda prohibir a terceros el uso de dicha denominación.
El asunto Kurt Hesse / Ferrari, en realidad, podría no estar acabado ya que posiblemente la famosa empresa de coches deportivos no se conformará con esta decisión y decidirá recurrirla.